Pertinencia de los instrumentos de planificación territorial para regular la localización y construcción de la infraestructura eléctrica.

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Andrés Fernández Alemany

Resumen

La construcción, operación y mantención de la infraestructura eléctrica, se encuentra sujeta a un estatuto especial, conformado por la normativa de carácter legal y reglamentaria del sector. Este estatuto la ha dotado de determinados derechos y beneficios, como la facultad de imponer servidumbres legales emanadas de una concesión, o la exención de la obtención de permisos municipales de obras; pero a la vez se le han impuesto obligaciones, como la necesidad de someter sus proyectos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental entre otras. Por su parte, los Instrumentos de Planificación Territorial ('1PT''), dictados bajo el amparo de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, han intentado regular la localización de la infraestructura eléctrica'. Esta regulación podría tener importantes consecuencias, sobre todo a la luz del costo y obligaciones de pago de los peajes de transmisión. Se analizar la extensión de la competencia de los IPT para regular esta localización, considerando el estatuto especial al cual se encuentra sujeta dicha infraestructura. Se analiza la naturaleza jurídica de la infraestructura eléctrica a la luz de la normativa propia del sector eléctrico, confrontada ante la normativa sobre urbanismo y construcciones, lo que se complementa con jurisprudencia administrativa y judicial Presenta el autor una propuesta en relación al tipo de uso de suelo que constituye la mencionada infraestructura, así como a la competencia de los organismos pertinentes para regular la localización y construcción de líneas de distribución y transporte, subestaciones y centrales de generación, por medio de planes reguladores comunales e intercomunales.

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Sección
Doctrina: Estudios e Investigaciones