Resolución de controversias en un CDEC

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Raúl Lecaros Zegers

Resumen


El DS N° 327, Reglamento de la ley eléctrica, de 1997, del Ministerio de Minería, se dictó con el fin de complementar la ley eléctrica DFL N° 1/82, debido a que la Reglamentación existente no regulaba todos los aspectos necesarios para dar cumplimiento a todas sus normas. En dicho cuerpo normativo se estableció que los CDEC, que ya existían con anterioridad como organismos de coordinación, debían cumplir con las características de ser organismos independientes y de carácter técnico (art. 180, DS N° 327, de Minería), lo que llevó a que se creara, al menos en el caso del SIC, una persona jurídica distinta de las empresas que lo componen y más específicamente, como una sociedad de responsabilidad limitada.

 

Detalles del artículo

Sección
Doctrina: Estudios e Investigaciones
Biografía del autor/a

Raúl Lecaros Zegers

Miembro abogado del Comité de Expertos CDEC-SIC