El aprovechamiento ambiental del recurso agua en relación con los planes de manejo que establece el Artículo 42 de la Ley No 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

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Fernando Dougnac Rodríguez

Resumen


Hasta la dictación de la ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, es decir hasta 1994, el agua fue tratado en nuestra legislación sólo como un recurso productivo ya sea de la agricultura, la minería o el abastecimiento de la población, etc. A partir de esa fecha, se considera que tiene, amas de aquella función, una vital importancia ambiental. Es cierto que la ley de bosques, la ley 3.133, y otras leyes y reglamentos le otorgaban una dimensión más amplia, pero estos enfoques se caracterizaban, al igual que la demás legislación, con el carácter ambiental existente con anterioridad a esa fecha, por su tratamiento no sistemático, esto es, parcial. 



 

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Biografía del autor/a

Fernando Dougnac Rodríguez

Abogado