Régimen legal de la extracción de los áridos en Chile

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Raúl Figueroa Salas

Resumen


De acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española, el término “árido” es un adjetivo que significa “seco, estéril; de poco jugo y humedad”; sin embargo, tiene también carácter substantivo, cuyo significado lo encontramos en el área de la construcción. Usando la terminología técnica, “árido es el material pétreo, inerte con relación al aglomerante, que se emplea en la confección de morteros y hormigones y que se clasifica en arenas y gravas”.



 

Detalles del artículo

Sección
Doctrina: Estudios e Investigaciones
Biografía del autor/a

Raúl Figueroa Salas

Abogado