Imperfecciones de la regulación de los servicios sanitarios de agua potable y alcantarillado

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David Peralta Anabalón

Resumen

El marco regulatorio de los servicios públicos sanitarios constituye un conjunto de reglas obligatorias para quienes acceden a él, que define cuándo, cómo y dónde se deben otorgar los servicios por los cuales obtuvo de la autoridad, un derecho exclusivo y excluyente denominado “concesión”. Ésta confiere a su vez atributos para su gestión, inversión, cobros de precios para reposición y mantención y permite a su titular alcanzar una utilidad prevista en la ley que incentiva su eficiencia. El marco regulatorio contiene disposiciones que priman sobre las normas comunes aplicables a todas las actividades productivas o comerciales, reconoce un ente estatal que debe velar por su cumplimiento, regulando y normando la correcta prestación de los servicios y que cuenta con atribuciones correctivas y de sanción en caso de infracciones o contravenciones a las normas e instrucciones del área. En este escenario se han ido gestando situaciones que no se atienen al marco preestablecido en su sentido estricto, porque ha sido el legislador el que ha abierto espacios de acción; porque las empresas prestadoras han aprovechado las insuficiencias normativas, sus vacíos y contradicciones o bien, porque la realidad no permite obtener ciertas conductas tratándose de algún tipo de prestaciones, al menos, en el corto tiempo. Todas estas “imperfecciones” evidencian síntomas de alerta ante el funcionamiento del marco regulatorio y nos alientan a estar permanentemente desarrollando formas de hacerlo más justo y efectivo, velando por los equilibrios que aseguren su sustentación en el largo tiempo, permitiendo por una parte el legítimo desenvolvimiento de los prestadores y, por otro, la defensa de los derechos de los usuarios.

Detalles del artículo

Sección
Doctrina: Estudios e Investigaciones
Biografía del autor/a

David Peralta Anabalón, Superintendencia de Servicios Sanitarios

Abogado de la Universidad de Chile, Fiscal de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.