Multas coercitivas: determinación de su naturaleza jurídica y efectos. Análisis a partir del artículo 38 Ley General de Telecomunicaciones

Contenido principal del artículo

Carolina Helfmann Martini

Resumen

Este trabajo tiene por propósito el estudio y la determinación de la naturaleza jurídica de las multas coercitivas y el análisis las principales consecuencias jurídicas que se derivan de la misma. Para ello, se examinará si las multas coercitivas resultan más asimilables en su naturaleza a las sanciones administrativas o si, en cambio, se asemejan a los mecanismos de ejecución de los actos administrativos. Luego, en cuanto a las consecuencias jurídicas: se analizará la posibilidad de aplicar de manera conjunta sanciones y multas coercitivas; el momento a partir del cual la multa coercitiva debe ser contabilizada; y, por último, los principales elementos que componen el régimen jurídico de las multas coercitivas concebidas como sanciones administrativas. Este análisis será realizado tomando como hipótesis de estudio lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley General de Telecomunicaciones.

Detalles del artículo

Sección
Doctrina: Estudios e Investigaciones
Biografía del autor/a

Carolina Helfmann Martini, Universidad de los Andes, Chile

Abogada de la Pontificia Universidad Católica y LLM por la Universidad de Cambridge. Doctoranda de la Universidad de los Andes, Chile. Santiago, Chile. Correo electrónico: chelfmann@miuandes.cl. Dirección postal: Álvarez del Portillo 12.455, Las Condes, Santiago, Chile.